Si no paga sus impuestos, el IRS puede buscar otros métodos para cobrar su saldo. Si debe impuestos atrasados, el temor a que el gobierno federal lo persiga puede estar en el fondo de su mente. Pero hay pasos que puede tomar para protegerse a sí mismo. El gobierno tiene un interés en la recaudación de impuestos y ha demostrado su disposición a perseguir a los evasores de impuestos en el pasado. Solo en 2012, el IRS persiguió a cerca de 3 millones de contribuyentes morosos. La defensa contra la incautación de activos del IRS puede ser aterradora, pero con la ayuda profesional adecuada se puede manejar.
La Sección § 6331 del Código de Rentas Internas (Título 26) otorga al IRS la autoridad para notificar sobre impuestos atrasados y para incautar propiedades y activos de contribuyentes morosos. Si el IRS evalúa su saldo de impuestos y encuentra algún pago pendiente, le enviarán una carta de Notificación y Demanda de Pago. Estas cartas detallarán la cantidad de deudas fiscales que debe, cómo puede proceder con los pagos y las consecuencias de no pagar su saldo por completo y de manera oportuna. Una de estas consecuencias incluye la incautación de sus activos y propiedades para satisfacer su saldo fiscal pendiente. Si es receptor de una de estas cartas, debe preparar una defensa adecuada contra la incautación de activos del IRS.
El IRS enviará un total de cinco avisos de cobro a individuos y cuatro a empresas que deben impuestos atrasados, con cada carta enviada en el transcurso de unas semanas. El primer aviso generalmente lleva la designación CP14, el segundo CP501, el tercero CP503 y el cuarto CP504, aunque hay varias iteraciones de cada uno. El quinto y último aviso con la designación CP90 o CP297 el IRS lo llama Aviso Final de Intención de Embargo. Un embargo es un proceso legal mediante el cual el gobierno toma por la fuerza propiedades o activos para satisfacer una deuda fiscal. Después de recibir un Aviso de Embargo, tiene 30 días para responder a la carta y protegerse de que el IRS tome sus propiedades y activos.
Hay varios tipos de propiedades y activos que el IRS puede incautar y hay varios pasos que puede tomar para evitar que el IRS incauta estos activos. Si no se comunica con el IRS dentro de los 30 días posteriores a recibir un Aviso de Embargo, probablemente comenzarán el proceso de incautación. Las formas más comunes de incautación de activos son los embargo de salarios y los embargos bancarios. El IRS puede enviar un Formulario 668-W a su empleador y comenzar a embargar sus salarios hasta que se paguen por completo sus deudas fiscales. A través del Formulario 668-A, el IRS puede capturar activos directamente de su cuenta de ahorros, cuenta corriente o cooperativa de crédito. Su banco congelará su cuenta y cualquier fondo depositado hasta la fecha del embargo puede ser entregado al IRS.
El IRS también puede incautar otras formas de activos y propiedades. Algunos de estos incluyen:
Debido a la complicada naturaleza de los impuestos y la burocracia gubernamental, el mejor enfoque para la defensa contra la incautación de activos del IRS sería contratar a un profesional. El IRS permite algunas excepciones en ciertos casos, pero un documento o detalle incorrectamente presentado, sin conocer las pautas y estándares de ejecución, puede retrasarlo meses. Cuanto más espere, más cerca estará de perder su propiedad.
Aquí hay algunas formas en las que podemos evitar que se lleven su propiedad:
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